La Guardia elimina el límite mínimo que era exigido para el ingreso en el cuerpo. Hasta 2023 la altura mínima exigida era de 1,55 m para mujeres y 1,60 m para hombre.
También ha sido eliminado la altura máxima permitida, que impedía a las personas de más de 2,03 metros entrar en esta institución.
Esta modificación viene recogida en la Orden PCM/1133/2023, de 17 de octubre, por la que se modifica la Orden PCI/155/2019, de 19 de febrero, por la que se aprueban las normas por las que han de regirse los procesos de selección para el ingreso en los centros docentes de formación para la incorporación a la Escala de Cabos y Guardias de la Guardia Civil.
Para ser exactos, el apartado que se modifica en esta orden viene recogido en él:
Apartado 1 de la letra A) Parámetros Biológicos, enfermedades y causas
generales del anexo I de la Orden PCI/155/2019, de 19 de febrero, por la que se aprueban las normas por las que han de regirse los procesos de selección para el ingreso en los centros docentes de formación para la incorporación a la Escala de Cabos y Guardias de la Guardia Civil, queda redactado en los siguientes términos:
«1. Talla. En bipedestación: sin límite.»
Muchos opositores que antes no podían acceder al Cuerpo ya no tendrán este impedimento.